Al igual que en el mes de diciembre de 2020 hicimos una entrada en el blog para contaros las modificaciones introducidas al R.D. 665/1997 por el Real Decreto 1154/2020, este mes de junio de 2021, toca contaros qué novedades ha introducido el R.D. 427/2021 en el citado Reglamento. Máxime cuando se trata de uno de los Reglamentos de mayor importancia de los contenidos en el temario de la oposición de acceso al Cuerpo de Subinspectores Laborales de Seguridad y Salud Laboral.
Para alegría del opositor, el articulado del Reglamento sobre agentes cancerígenos no sufre modificación alguna, ya que los cambios introducidos con el fin de dar cumplimiento a la Directiva (UE) 2019/130 se limitan a la incorporación de nuevos agentes a los anexos I y III del R.D. 665/1997.
En el caso de Anexo I y su “Lista de sustancias, mezclas y procedimientos”, se añaden los apartados 7 y 8:
- 7. Trabajos que supongan exposición cutánea a aceites minerales previamente utilizados en motores de combustión interna para lubricar y refrigerar los elementos móviles del motor.
- 8. Trabajos que supongan exposición a emisiones de motores diésel.
En lo que respecta al Anexo III, la tabla en la que se recogen los “Valores límite de exposición profesional” pasa a incluir los siguientes agentes: ticloroetileno, 4,4’-Metilendianilina, epiclorohidrina, dibromuro de etileno, dicloruro de etileno, emisiones de motores diésel, mezclas de HAP y aceites minerales previamente utilizados para motores diésel.
Como ya os señalamos en otras ocasiones, no hay que perder de vista las medidas transitorias contenidas en la citada tabla en las que se indican moratorias para la aplicación de los valores límite en algunos casos.
Es, por tanto, buen momento para que el opositor refresque sus conocimientos de química orgánica. Bromas aparte y sin ánimo de asustar a nadie, sí cabe tener en cuenta la necesidad de sustituir las versiones del R.D. 665/1997 que se hayan descargado del BOE por el nuevo texto consolidado y, para aquellos que gustan de tener el Código de PRL del BOE en papel, adquirir la nueva versión o hacer las anotaciones pertinentes de cara a evitar despistes que conduzcan a errores que puedan penalizar durante el proceso de oposición.